+ Empresa textilera no pudo acreditar el cumplimiento de sus obligaciones ambientales, motivo por el cual queda sujeta a un procedimiento administrativo.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), clausuró de manera parcial temporal la empresa textilera ECOINDUSTRIAS SR S.A. de C.V. ubicada sobre la cuenca del Río Apetatitlán de Antonio Carbajal, debido al indebido manejo de residuos peligrosos.

Como parte del programa de Inspección y Vigilancia, personal de la PROFEPA realizó el recorrido a dicha textilera donde encontró una fosa subterránea con aproximadamente ocho mil litros de residuos peligrosos, sin contar con las adecuadas medidas de seguridad para su almacenamiento.

 La empresa no pudo acreditar el control de la generación de estos residuos peligrosos mediante bitácora, irregularidades que contravienen la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), así como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).

De igual forma, el inspeccionado no acreditó que estos residuos peligrosos depositados en la fosa, se manejen a través de empresas transportistas y destinatarias autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Por ello, ante un riesgo inminente de desequilibrio ecológico, se impuso como medida de seguridad la clausura parcial temporal, quedando además sujeta a procedimiento administrativo.

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Con fundamento en los artículos 170 fracción I y II, 170 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, 101, 104 fracciones I, II, III y IV y 105 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la PROFEPA ordenó la adopción de medidas correctivas de urgente aplicación a la empresa y le dará un especial seguimiento hasta que cumplan con la totalidad de sus obligaciones.

Cabe mencionar que el artículo 171 de la LGEEPA estipula que las empresas inspeccionadas que no cumplan con los requerimientos, podrán ser sancionadas con una multa que va de los 30 a los 50 mil días el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, la clausura temporal o definitiva del lugar, y en su caso, el arresto administrativo de 36 horas a quien resulte responsable; así como la suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones correspondientes.

La PROFEPA continuará realizando los actos de inspección necesarios, aplicando las  sanciones conforme a lo previsto en la ley y ordenará medidas de seguridad en contra de los establecimientos que no estén cumpliendo con sus obligaciones ambientales, a fin de proteger al Río Atoyac.