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Destacado Tlaxcala

Acuerdo del IET de la aprobación de lineamientos de debates

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ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TLAXCALA, POR

EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA CELEBRACIÓN DE DEBATES EN

EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DOS MIL TRECE.

A N T E C E D E N T E S

1. En Sesión Pública Solemne de fecha seis de enero de dos mil trece, el Consejo General del

Instituto Electoral de Tlaxcala, declaró el inicio del Proceso Electoral Ordinario de dos mil trece.

2. Con fecha siete de julio de dos mil trece, se desarrolló la jornada electoral en la que se

eligieron Diputados Locales, Integrantes de los Ayuntamientos y Presidentes de Comunidad.

3. El día diez de julio de dos mil trece, los Consejos Electorales Distritales y Municipales,

desarrollaron la Sesión Permanente de cómputo en la que se realizaron la calificación,

declaración de validez y entrega de Constancias de Mayoría de la elección correspondiente.

4. Una vez concluidos los cómputos a que se hace referencia en el antecedente que precede,

los Consejos Municipales declararon empate en las elecciones de Presidente de Comunidad de

San Manuel Tlalpan, Municipio de Hueyotlipan y Colonia el Alto, Municipio de Chiautempan,

respectivamente.

5. Mediante resolución de fecha nueve de agosto de dos mil trece, dictada dentro del Toca

Electoral 367/2013, la Sala Unitaria Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del

Estado de Tlaxcala, declaró la nulidad de la elección de Presidente de Comunidad de Francisco

Villa (Sic) “Nuevo Barrio Francisco Villa”, Municipio de Huamantla, Tlaxcala.

6. Por resolución de fecha veintiséis de septiembre de dos mil trece, dictada dentro del juicio de

revisión constitucional electoral SDF-JRC-71/2013, la Sala Regional del Tribunal Electoral del

Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la IV Circunscripción Plurinominal, con sede

en el Distrito Federal, declaró la nulidad de la elección de Integrantes del Ayuntamiento de

Apetatitlán de Antonio Carvajal, Tlaxcala.

7. Por acuerdo de fecha quince de octubre de dos mil trece, la LX Legislatura del Congreso del

Estado de Tlaxcala, convocó a la realización de elecciones extraordinarias de Presidentes de

Comunidad de: “San Manuel Tlalpan”, Municipio de Hueyotlipan; “Colonia el Alto”, Municipio de

Chiautempan; “Francisco Villa” (Sic) “Nuevo Barrio Francisco Villa”, Municipio de Huamantla; así

como, la elección de Integrantes del Ayuntamiento de Apetatitlán de Antonio Carvajal, Tlaxcala.

8. En Sesión Pública Extraordinaria de fecha diecisiete de octubre de dos mil trece, el Consejo

General del Instituto Electoral de Tlaxcala, emitió el Acuerdo CG 276/2013, presentado por la

Secretaría General del Instituto Electoral de Tlaxcala, mediante el cual se aprueba el calendario

electoral que regiría el Proceso Electoral Extraordinario, para la elección de Presidentes de

Comunidad de: “San Manuel Tlalpan”, Municipio de Hueyotlipan; “Colonia el Alto”, Municipio de

Chiautempan; “Francisco Villa” (Sic) “Nuevo Barrio Francisco Villa”, Municipio de Huamantla; así

como, la elección de Integrantes del Ayuntamiento de Apetatitlán de Antonio Carvajal, Tlaxcala,

a realizarse el veinticuatro de noviembre de dos mil trece.

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9. Mediante resolución de fecha veinticinco de octubre de dos mil trece, dictada dentro del juicio

de revisión constitucional electoral SDF-JRC-56/2013, la Sala Regional del Tribunal Electoral

del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la IV Circunscripción Plurinominal, con

sede en el Distrito Federal, decretó la nulidad de la elección de candidatos a Diputados por el

principio de mayoría relativa en el XIII Distrito Electoral, con sede en Calpulalpan, Tlaxcala, por

lo que se ordenó a este Consejo General, reponer la elección referida.

10. Por acuerdo de fecha treinta y uno de octubre de dos mil trece, la LX Legislatura del

Congreso del Estado de Tlaxcala, reformó los puntos primero y segundo de la Convocatoria a

elecciones extraordinarias aprobada por esa Soberanía, con fecha quince de octubre de dos mil

trece, a efecto de que: a) Las elecciones extraordinarias de Presidentes de Comunidad de: “San

Manuel Tlalpan”, Municipio de Hueyotlipan; “Colonia el Alto”, Municipio de Chiautempan;

“Francisco Villa” (sic) “Nuevo Barrio Francisco Villa”, Municipio de Huamantla; Integrantes del

Ayuntamiento de Apetatitlán de Antonio Carvajal; así como, Diputado por el principio de

mayoría relativa en el Distrito Electoral XIII, con cabecera en Calpulalpan, Tlaxcala, se realicen

en una sola jornada electoral, a celebrarse el ocho de diciembre de dos mil trece; b) Quedando

firmes todas y cada una de las actuaciones del Instituto Electoral de Tlaxcala, derivadas de la

convocatoria a elecciones extraordinarias aprobada por esa Soberanía con fecha quince de

octubre de dos mil trece; y, c) Instruyendo al Consejo General del Instituto Electoral de Tlaxcala,

para la elección de Diputado en el Distrito Electoral XIII, a proveer los Acuerdos necesarios para

garantizar a los ciudadanos y partidos políticos en ejercicio de su derechos correspondientes a

todas y cada una de las fases del Proceso Electoral Extraordinario.

C O N S I D E R A N D O

I. Organismo público.

De conformidad con los artículos 116 fracción IV, inciso b), de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

Tlaxcala, 2, 135, 136 y 137 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el

Estado de Tlaxcala, el Instituto Electoral de Tlaxcala es un organismo público autónomo e

independiente en su funcionamiento y decisiones, de carácter permanente, profesional en su

desempeño y dotado de personalidad jurídica propia; depositario de la autoridad electoral de

carácter político administrativo dentro del régimen interior del Estado y responsable del ejercicio

de la función estatal de preparación, organización, desarrollo, vigilancia y validez de los

procesos electorales, bajo los principios de constitucionalidad, legalidad, certeza, autonomía,

independencia, imparcialidad, equidad, objetividad y profesionalismo.

II. Competencia.

Conforme a los artículos 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala,

152, 153, 175 fracciones I y XI del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el

Estado de Tlaxcala, el órgano superior y titular de la dirección del Instituto Electoral de Tlaxcala,

es su Consejo General, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones

constitucionales y legales en materia electoral, así como garantizar que sus órganos se ajusten

a sus principios rectores, para lo cual tiene entre otras atribuciones, aprobar todo lo relativo a la

preparación, organización, desarrollo, vigilancia y validez de los procesos electorales, en

términos del propio código y las leyes aplicables.

III. Planteamiento.

En términos de lo establecido por el artículo 429 del Código de Instituciones y Procedimientos

Electorales para el Estado de Tlaxcala, las elecciones extraordinarias serán convocadas por el

Congreso del Estado y se celebrarán en la fecha que señale la convocatoria correspondiente.

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San Miguel Contla amplía su infraestructura sanitaria

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🚧 San Miguel Contla amplía su infraestructura sanitaria
Con el banderazo de inicio de obra, comenzaron los trabajos para la construcción de una nueva red de drenaje sanitario en una privada sin nombre, ubicada entre las calles Abasolo y Potrero, en San Miguel Contla.
La obra contempla 119.20 metros lineales de red sanitaria y fue encabezada por el Presidente Municipal de Santa Cruz Tlaxcala, Lic. Omar Maldonado, en compañía del Presidente de Comunidad de San Miguel Contla.
Con estos trabajos se atenderá una necesidad de infraestructura básica en este sector, mejorando las condiciones del servicio para las familias que habitan en la zona.
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¡𝗔𝗛𝗢𝗥𝗥𝗔 𝗘𝗦 𝗖𝗨𝗔𝗡𝗗𝗢!

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¡𝗔𝗛𝗢𝗥𝗥𝗔 𝗘𝗦 𝗖𝗨𝗔𝗡𝗗𝗢!
Aprovecha el 30% de descuento durante octubre.
El Gobierno Municipal de Totolac 24-27, a través de la Primera Regiduría, a cargo de C. Victoria Aguilar Zempoalteca, en coordinación con la Tesorería Municipal, pone a disposición de la ciudadanía beneficios y facilidades para regularizar sus obligaciones municipales.
✅ Impuesto predial: 30% de descuento en recargos, multas y actualizaciones de años anteriores.
✅ Agua potable y alcantarillado: 30% de descuento en recargos, multas y actualizaciones de años anteriores.
✅ Licencias de funcionamiento y refrendos: 30% de descuento en multas y recargos por regularización extemporánea de comercio, industria y servicios.
📅 Vigencia: Durante octubre de 2026.
🕘 Horario: Lunes a viernes, de 9:00 a 16:00 horas.
📍 Lugar: Presidencia Municipal de Totolac.
🤝 ¡Aprovecha estos beneficios, ponte al corriente y contribuye al desarrollo de nuestro municipio!
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¡𝗖𝗢𝗡𝗖𝗨𝗥𝗦𝗢 𝗜𝗡𝗙𝗔𝗡𝗧𝗜𝗟 𝗬 𝗝𝗨𝗩𝗘𝗡𝗜𝗟 𝗗𝗘 𝗖𝗔𝗟𝗔𝗩𝗘𝗥𝗜𝗧𝗔𝗦 𝟮𝟬𝟮𝟲!

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¡𝗖𝗢𝗡𝗖𝗨𝗥𝗦𝗢 𝗜𝗡𝗙𝗔𝗡𝗧𝗜𝗟 𝗬 𝗝𝗨𝗩𝗘𝗡𝗜𝗟 𝗗𝗘 𝗖𝗔𝗟𝗔𝗩𝗘𝗥𝗜𝗧𝗔𝗦 𝟮𝟬𝟮𝟲🧛🏵️!
El Gobierno Municipal de Totolac 24-27 a través de las Direcciones de 𝗖𝘂𝗹𝘁𝘂𝗿𝗮, 𝗗𝗲𝗽𝗼𝗿𝘁𝗲𝘀, 𝗧𝘂𝗿𝗶𝘀𝗺𝗼, DIF Municipal Totolac 𝘆 𝗹𝗮 𝗖𝗿𝗼𝗻𝗶𝘀𝘁𝗮 𝗠𝘂𝗻𝗶𝗰𝗶𝗽𝗮𝗹 convocan a las niñas/niños de 7 a 12 años y a las/los jóvenes a participar en el concurso de calaveritas bajo la siguiente convocatoria 👇🏼.
#Octubre
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