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#CONGRESO DEL ESTADO DE #TLAXCALA LXII LEGISLATURA

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PRIMERO. Con fundamento en los artículos 25, 45, 54 fracciones VIII, XXIV y XXV, 90, y en el Artículo Décimo Segundo Transitorio adicionado al Decreto número 118 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el día 21 de julio de 2015, a través del Decreto número 193, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala con fecha 22 de enero de 2016, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 286, 287 y 288 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala; 2, 9 fracción III, 10 Apartado B fracción VII, 78, 81 y 82 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala; 1, 3, 14 fracción IV, 35 párrafo primero, 36, 37 fracción I, 38 fracciones I, III y VII, 39 fracciones I y III, 85 y 115 del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala, la LXII Legislatura del Congreso del Estado, aprueba la Convocatoria para Elecciones Extraordinarias derivadas de las declaraciones de empate y nulidad en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016, para quedar como sigue:

CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA LXII LEGISLATURA

 

PRIMERO. El Congreso del Estado de Tlaxcala, con fundamento en los artículos 25, 45, 54 fracciones VIII, XXIV y XXV, 90, y en el Artículo Décimo Segundo Transitorio adicionado al Decreto número 118 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el día 21 de julio de  2015, a  través del Decreto número 193,  publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala con fecha 22 de enero de 2016, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, 286, 287 y 288 de la Ley de Instituciones y Procedimientos  Electorales  para  el  Estado de Tlaxcala, convoca a la realización de las Elecciones Extraordinarias a Presidentes de Comunidad en el Barrio de Santiago, Municipio de Atltzayanca; La Garita, Municipio de Atltzayanca; San Cristóbal Zacacalco, Municipio de Calpulalpan; San Miguel Buenavista, Municipio de Cuaxomulco; La Providencia, Municipio de Sanctórum de Lázaro Cárdenas; Colonia Santa Martha, Sección 3ª, Municipio de Xaloztoc; y San José Texopa, Municipio de Xaltocan, todos en el Estado de Tlaxcala.

SEGUNDO. La jornada electoral del Proceso Electoral Extraordinario antes señalado, se realizará el día cuatro de junio de dos mil diecisiete.

TERCERO. Para el Proceso Electoral Extraordinario establecido en esta convocatoria, no podrán restringirse los derechos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, la Ley de Partidos Políticos para el Estado de Tlaxcala y la demás legislación aplicable, les reconocen a los ciudadanos y a los partidos políticos; asimismo, deberán cumplirse con las formalidades y procedimientos que establece la ley para los procesos electorales ordinarios.

CUARTO. Se instruye al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones para que proceda a la organización, dirección, vigilancia y desarrollo del Proceso Electoral Extraordinario establecido en esta convocatoria, a ajustar los plazos fijados en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de  Tlaxcala, para los procesos electorales ordinarios y demás leyes aplicables; a ajustar lo relativo a las prerrogativas de los partidos políticos y candidatos independientes que participen; e igualmente, para el ajuste de dichos plazos, debe considerar los plazos y formalidades establecidos en la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Tlaxcala y en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a efecto de salvaguardar los derechos que ambas leyes establecen a ciudadanos, candidatos y partidos políticos.

QUINTO. La rendición de la protesta establecida en el artículo116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y, por lo tanto, la asunción del cargo de quienes resulten electos en el Proceso Electoral Extraordinario a que se convoca, será el día treinta de junio de dos mil diecisiete, en consecuencia, los presidentes de comunidad electos en el Proceso Electoral Extraordinario al que se convoca, y de conformidad con lo establecido en los párrafos tercero y cuarto del artículo 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, así como en el Decreto número 193, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala con fecha 22 de enero de 2016, que adiciona un Artículo Décimo Segundo Transitorio al Decreto número 118, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala con fecha 21 de julio de 2015, concluirán su encargo el día treinta de agosto de dos mil veintiuno.

SEGUNDO. Notifíquese formalmente el presente Acuerdo al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones y al Instituto Nacional Electoral, para los efectos constitucionales y legales conducentes.

TERCERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala y en al menos dos periódicos impresos de mayor circulación en la Entidad.

Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

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Palacio Legislativo sin riesgos para visitantes y personal, determina CEPC

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Palacio Legislativo sin riesgos para visitantes y personal, determina CEPC

Tlaxcala, Tlax., a 20 de septiembre de 2022

La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, Leticia Martínez Cerón, informó que después de una inspección por parte del personal de la Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC) al Palacio Legislativo, se determinó que el edificio no representa riesgos para las y los diputados, personal que labora en estas instalaciones y para visitantes.

La representante legal de la LXIV Legislatura, señaló que tras el sismo de magnitud 7.4 registrado el 19 de septiembre, con epicentro en el sur de Coalcomán, Michoacán, elementos de la policía estatal también acompañaron el protocolo de inspección de la Sala de Sesiones, Patio Vitral, salones, pasillos, baños, cocina, bardas perimetrales y áreas comunes.

Por lo anterior, la diputada Leticia Martínez indicó que la actividad en el recinto legislativo continuará con toda normalidad, y en caso de presentarse una eventual contingencia nuevamente se activarán los protocolos de seguridad para preservar la integridad física de quienes se encuentren en el Palacio Legislativo.

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Aprueba Congreso creación de Procuradurías Municipales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

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Aprueba Congreso creación de Procuradurías Municipales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

                      Tlaxcala, Tlax., a 20 de septiembre de 2022

Las y los diputados del Congreso del Estado de Tlaxcala aprobaron reformas, adiciones y diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala, que faculta la creación de las Procuradurías Municipales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado para conformar un auténtico sistema a favor de estos sectores de la población.

La iniciativa con carácter de preferente y enviada por la titular del Poder Ejecutivo, Lorena Cuéllar Cisneros, tiene por objetivo preservar la protección y restitución de los derechos de la niñez y adolescencia, establecido en el Plan Estatal de Desarrollo para el Estado de Tlaxcala, que contempla las estrategias especiales de seguridad.

En la máxima tribuna del Estado, la diputada Diana Torrejón Rodríguez, dio lectura al dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, y de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derecho de Niñas, Niños y Adolescentes, que fue aprobado por la totalidad de las y los legisladores presentes.

A fin de lograr un Estado seguro y libre de violencia, la iniciativa remitida por la gobernadora de Tlaxcala, también consideró como acción fundamental la creación de las Procuradurías Municipales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Bajo este criterio y con la finalidad de ampliar la cobertura de atención, ahora, los sesenta municipios deberán dar paso a la creación de esta figura y contar con un equipo interdisciplinario en materia de psicología, trabajo social y atención jurídica, y en coadyuvancia con la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado aplicar una política generadora de un sistema de protección integral.

Durante su intervención, la congresista Diana Torrejón destacó que los Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia, forman parte esencial en las tareas de asistencia social y atención a las infancias y adolescencias, pero con el trabajo coordinado entre las Procuradurías Municipales de Protección se brindará atención especializada.

Estas mismas modificaciones a la Ley también comprenden las obligaciones de las autoridades municipales y estatales respecto a la garantía de una educación de calidad, apegada a los principios de derechos humanos, adopción de una vida sustentable, conocimientos sobre causa-efecto del cambio climático, la formación sobre igualdad de género, prevención y atención de las violencias e impulsar la igualdad sustantiva, a fin de propiciar un buen desarrollo de las infancias y adolescencias.

Con esto, las y los congresistas legislan para garantizar una vida digna y pleno goce de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como la capacitación, actualización y trabajo eficiente de las instituciones municipales y estatales en el combate a la violencia.

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Aprueban diputadas y diputados reformas a la Ley de Asistencia Social de Tlaxcala

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Aprueban diputadas y diputados reformas a la Ley de Asistencia Social de Tlaxcala

                      Tlaxcala, Tlax., a 20 de septiembre 2022

Las y los diputados integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado, aprobaron diversas reformas, adiciones y derogaciones de la Ley de Asistencia Social para el Estado de Tlaxcala, a fin de atender con urgencia a las personas en la materia, incorporar lenguaje incluyente, así como armonizar las funciones de la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

La iniciativa con carácter de preferente y remitida por la titular del Poder Ejecutivo, Lorena Cuéllar Cisneros, busca actualizar el marco jurídico de la Ley para permitir ejecutar acciones en atención a grupos vulnerables, establecido en el Plan Estatal de Desarrollo (PED), y no contravenir en el ejercicio del respeto a los derechos humanos de todas las personas, por parte del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF).

En la máxima tribuna del Estado, la diputada Maribel León Cruz dio lectura al dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, de la Familia y Desarrollo Integral, y Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derecho de Niñas, Niños y Adolescentes durante la séptima sesión ordinaria del primer periodo del segundo año de ejercicio legal.

De esta manera, se aprobó la inserción de un lenguaje incluyente que a su vez permite la eliminación de terminologías aplicadas, que en la actualidad resultan términos discriminatorios, la reforma también contempla la ampliación del concepto de asistencia social, con el que se prevén las distintas percepciones de vulnerabilidad necesarias en cumplimiento a lo propuesto por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

También se considera la forma de armonizar la Ley de Asistencia Social con la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala, a fin de garantizar el oportuno cumplimiento de las atribuciones y facultades de la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes parte del Sistema Estatal de Desarrollo Integral de la Familia.

Con el firme objetivo de otorgar coherencia legislativa a las adecuaciones, que permitan el reconocimiento de los grupos vulnerables y garantía de la asistencia social en el Estado, se consideró necesario la derogación de los artículos 24,48 y 50 de la Ley de Asistencia Social para el Estado.

De esta manera, las y los integrantes de la LXIV legislatura del Estado garantizan las adecuaciones legislativas correspondientes, para ejecutar el debido respeto de los derechos humanos de los grupos históricamente vulnerados, el trabajo coordinado entre poderes y lograr el bienestar de las y los tlaxcaltecas.

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