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Protege justicia federal provisionalmente a magistrado no ratificado en Tlx
Por Gerardo Santillán
TLAXCALA, Tlax.- La justicia federal dejó sin efecto de manera temporal, el acuerdo del Congreso local mediante el cual el magistrado de la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), Fernando Bernal Salazar, tendrá que dejar el cargo el 12 de enero de 2014 al no resultar ratificado por una comisión especial evaluadora.
El Juzgado Primero de Distrito con sede en esta capital, suspendió provisionalmente la entrada en vigor ese ordenamiento, a través del amparo 2091/2013 en el que se admitió la demanda del interesado, quien alegó que hubo inconsistencias en el proceso por el que se examinó su desempeño como juzgador local.
Consultado al respecto, Fernando Bernal confirmó el resolutivo del Poder Judicial de la Federación, aunque se tiene contemplada una audiencia constitucional convocada para el 15 de noviembre próximo, en la que se revisará cómo se desarrolló evaluación que le fue aplicada por los congresistas, quienes tampoco ratificaron al presidente de la Sala Unitaria Electoral Administrativa, Pedro Molina Flores.
Explicó que el medio legal que interpuso tiene su origen en “actos violatorios” a la propia Constitución local y federal por los congresistas y que esta valoración fue emprendida “haciéndose llegar de medios y recursos de forma ilícita”.
Incluso, Bernal Salazar consideró que fue tratado “como un criminal” a la hora de la revisión de su desempeño, lo que podría derivar en una actuación penal en contra de los diputados que conformaron la comisión especial.
Uno de los elementos que refutó, fue el hecho de que se tomaron en cuenta acusaciones penales en su contra pero que no se ratificaron ante la Procuradora General de Justicia del Estado (PGJE), de ahí que solo resultaron señalamientos sin fundamentos y aun así los dieron como procedentes.
“La procuradora violó la Ley de Información Pública del Estado, respecto de información clasificada como reservada, de acuerdo a lo que establece el artículo 17 en sus fracciones sexta y séptima que refieren (como información reservada) las averiguaciones previas, salvo a las partes en términos de la ley en la materia; VII, La información contenida en los expedientes judiciales, en tanto no se consideren de contenido histórico”.
El magistrado de la Sala Civil, detalló que el artículo 19, fracción sexta, de la Constitución del Estado, determina que en todo procedimiento se deberá excluir toda prueba obtenida de forma ilegal.
Por todo lo anterior, el magistrado confió en tener los elementos a su alcance para resultar protegido en definitiva por la justicia federal ante los actos del Congreso, con lo que podría continuar desempeñando sus funciones.
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